Con el propósito de fortalecer la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos cometidos por medio de las tecnologías de la información y la comunicación, el uso de redes sociales y aplicaciones móviles, en perjuicio de personas naturales o jurídicas, la Asamblea Nacional aprobó este miércoles con carácter de urgencia la Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 1042, Ley especial de Ciberdelitos.
El proyecto enviado por el Presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, también incluye la protección integral de los sistemas que utilicen dichas tecnologías, su contenido y cualquiera de sus componentes, en los términos previstos en esta Ley.
En la exposición de motivos, se enfatiza que “la presente ley es de orden público y se aplicará a los autores materiales, intelectuales, cooperadores necesarios, cómplices o a cualquier otra persona que facilite favorezca la comisión de los delitos previstos en la misma”.
Asimismo que de conformidad al principio de universalidad, establecido en el artículo 16 del Código Penal de la República de Nicaragua, la presente ley también será aplicable a los delitos cometidos dentro o fuera del territorio nacional.




En la iniciativa de reformas refrendadas, se indica que” la sociedad y el Estado nicaragüense se encuentran inmersos en los procesos de cambios que ha generado la revolución informática, incidiendo positivamente en el contexto económico, social, cultural y tecnológico” y que esos avances también son aprovechados por la delincuencia organizada, por lo que “resulta oportuna y necesaria la protección individual y colectiva de la sociedad nicaragüense y su entorno socio laboral y económico”.
Se agrega que esos cambios tecnológicos traen la aparición de nuevas modalidades y conductas delictivas que también avanzan con igual mayor celeridad que los cambios científicos constructivos que se producen, y que obligan a los Estados a prevenir, detectar, investigar y sancionar esas conductas que en muchos casos atacan a una pluralidad de personas, a la sociedad en su conjunto, a bienes jurídicos de trascendencia nacional y, de manera particular, a bienes, programas y sistemas operados por el Estado, que de ser afectados podrían lesionar actividades neurálgicas de nuestro quehacer estatal y gubernamental.
Finalmente se reitera en las reformas aprobadas que “está destinada a fortalecer la prevención, enfrentamiento, investigación y judicialización de aquellos delitos que se cometan aprovechándose de los sistemas informáticos, de las nuevas tecnologías y las redes sociales, dentro o fuera del país, por personas naturales o jurídicas; o bien, ejecutados por criminales individuales o por organizaciones de la criminalidad nacional o internacional, que de una u otra forma tratan de afectar o desestabilizar la tranquilidad y la paz social de las personas, familias y la comunidad en general, a través de la sustracción, manipulación y robo de datos personales e institucionales, así como, la afectación a la privacidad, integridad e intimidad de las personas”.
Descargar completa de la Iniciativa Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 1042, Ley
especial de Ciberdelitos: