El 19 de noviembre de 2012, la Corte Internacional de Justicia (CIJ), de La Haya, en su última resolución sobre los derechos reclamados por Nicaragua en el Mar Caribe, estableció que 75 mil km² eran parte de nuestra zona económica exclusiva de las 200 millas náuticasen el Caribe.
A partir de esos territorios recuperados, el 16 de septiembre de 2013, Nicaragua presentó ante la Corte una nueva solicitud, para que se le reconozca el derecho, soberanía, posesión y control sobre la plataforma territorial extendida, la cual se proyecta a 150 millas náuticas más allá de las 200 millas que tiene Nicaragua de su plataforma marítima, de acuerdo al documento de la demanda presentado por Nicaragua.
Es decir, pide a la CIJ que de conformidad con los principios y reglas del derecho internacional, que delimite su plataforma más allá de las 200 millas náuticas con la plataforma continental de Colombia.
De lograr un fallo a favor, el país pasaría a tener 350 millas náuticas, a partir de una línea base que arranca en nuestras aguas interiores.

Además, Nicaragua lograría tener el acceso a explotar otra extensión enorme de mar y suelo submarino con abundantes recursos naturales y fauna marina; la apertura de nuevas rutas marítimas, la posibilidad de exploraciones de hidrocarburos, entre otros beneficios.
Otro de los aspectos que Nicargua solicitó al máximo Tribunal (en su demanda), es que se indiquen los derechos y deberes de los dos Estados en relación con el área de pretensiones superpuestas y el uso de sus recursos, hasta tanto se delimite con precisión la línea de frontera.
Una de las ventajas que han señalado expertos a favor de Nicaragua, es que Colombia “no tiene derecho a solicitar ni exigir la plataforma continental extendida, porque no es miembro de la Convención de Derechos del Mar de 1982, no reconoce el Artículo 76 (definición de la plataforma continental) y porque carece en su morfología la extensión de su plataforma.”
Esta saga que nuestro país ha venido impulsando y ganando importantes posiciones, inició en diciembre de 2001, y podría finalizar este 13 de julio cuando la máxima instancia judicial emita resolución, culminando así, el más dilatado y complejo caso que ha llevado el alto tribunal desde su existencia.

El génesis
En el 2001, Nicaragua valoró que existían las razones fundamentales para demandar a Colombia ante la Corte por la negativa de ese país de negociar la soberanía del archipiélago de San Andrés y los cayos.
Sin embargo, la posición colombiana desde 1969 de que la frontera marítima entre los dos países se había establecido en 1930 por el meridiano 82.°, fue la respuesta.
El medio semana.com de Colombia, publicó en días pasados, que Nicaragua consideraba, además, que no era posible que unas islas seis veces más cercanas a su territorio que al de Colombia y frente a su costa no les pertenecieran.
Igualmente, creían que aun en el caso de que pertenecieran a Colombia, su jurisdicción marítima solo podría ser de pequeños enclaves de 12 millas de mar territorial alrededor, sin plataforma continental ni zonas económicas propias.
El medio colombiano, reseñó que todos los mandatarios de Colombia desde 1969, así como sus cancilleres, sabían perfectamente que el meridiano 82.° no era una frontera marítima. Sin embargo, con excepción de López Michelsen, ninguno se atrevió a reconocerlo públicamente, por el temor de ser calificado de traidor a la patria.
Y que los gobiernos de López Michelsen, Turbay Ayala, Betancur y Pastrana trataron de pactar con Nicaragua el límite marítimo, conscientes de que la posición sobre el meridiano 82.° no era sólida jurídicamente. Sin embargo, Nicaragua solo lo haría si al mismo tiempo se negociara la soberanía de los componentes del archipiélago, lo que nunca fue aceptado por Colombia.
Incluso Colombia alegó que la Corte carecía de competencia para pronunciarse sobre la demanda de Nicaragua, ya que la controversia se había resuelto en 1930 con la entrada en vigor del tratado Esguerra-Bárcenas y que esa condición impedía al tribunal asumir la competencia por el Pacto de Bogotá. Pero el Tribunal desestimó esas alegaciones.
Resolución de CIJ en 2012
La Corte emitió fallo en noviembre de 2012, decidiendo trazar su propia delimitación de acuerdo con las normas vigentes del derecho internacional.

La CIJ, no aceptó la línea media propuesta por Colombia ni el borde externo de su plataforma continental que Nicaragua pretendía, sin embargo nuestro país recuperó 75 mil km² en el Mar Caribe.
Pero, reconoció la soberanía colombiana sobre todos los cayos y asignó al archipiélago de San Andrés una extensión de espacios marítimos. No obstante, enclavó dos de ellos, Serrana y Quitasueño, y afectó tratados que Colombia había concertado con otros Estados.
A partir de ese fallo, inició el reclamo de Nicaragua, para que la CIJ delimite su plataforma más allá de las 200 millas náuticas en el Mar Caribe, lo cual será resuelto este 13 de julio.
En tanto Miguel Ceballos Arévalo, Decano de la Escuela de Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Sergio Arboleda de Colombia, reiteró en un escrito, que las aspiraciones de Nicaragua es que se le reconozca una plataforma continental extendida, es decir, 150 millas náuticas más de las que ya le fueron reconocidas en el fallo del 19 de noviembre de 2012.
“No sabemos cuál va a ser la decisión de la Corte de La Haya frente a está demanda. Lo que sí sabemos es que la zona pretendida por Nicaragua es, hoy, una de las áreas geoestratégicas más importantes para Colombia, pues en esta se encuentran las nuevas apuestas por desarrollar el sector extractivo (petróleo y gas) en las áreas offshore (costa afuera) de nuestro territorio nacional”, opinó el decano.