Jubilados y pensionados pueden acceder a exoneración del IBI

Los jubilados y pensionados que deseen ejercer su derecho conforme a la Ley 160 de exoneración del IBI, pueden hacerlo a partir de la primera semana de abril de 2024, informó este viernes la Alcaldía de Managua.

“Se les informa que para brindarles una mejor atención, estaremos atendiéndolos oportunamente a partir de la primera semana de abril del año 2024 en nuestros Centros de Atención Ciudadana en horarios de oficina, para que ejerzan su derecho conforme a la Ley 160” detalló la comuna.

Explicó que para asegurar el trámite de exención del IBI se requiere presentar como requisitos de nuevo jubilado los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad del propietario (a) del inmueble, vigente (original y copia).
  • Título de propiedad del bien inmueble o certificado relacionado de la propiedad (original y copia).
  • Constancia actualizada de jubilado emitida por el INSS (original y copia).
  • Carnet de jubilado o beneficiario (a). (Original y copia).
  • Poder del representante que le faculte para dicho trámite (original y copia) cuanto se hace representar.
  • Cédula de identidad vigente del representante legal (original y copia), en caso que se haga representar.
  • Pensionados del Ejército, presentar constancia del IPSM, en sustitución
    de constancia del INSS vigente (original).
  • Pensionados de la Policía Nacional, presentar constancia del ISSDHU, en sustitución de constancia del INSS vigente (original).
  • Formato de declaración del IBI debidamente llenado.

Requisitos para jubilados que ya gozan del beneficio:

  • Cédula de identidad original vigente

Para mayor información pueden comunicarse a los números telefonicos: 86613672 / 86613626 / 86613703