Los jubilados y pensionados que deseen ejercer su derecho conforme a la Ley 160 de exoneración del IBI, pueden hacerlo a partir de la primera semana de abril de 2024, informó este viernes la Alcaldía de Managua.
“Se les informa que para brindarles una mejor atención, estaremos atendiéndolos oportunamente a partir de la primera semana de abril del año 2024 en nuestros Centros de Atención Ciudadana en horarios de oficina, para que ejerzan su derecho conforme a la Ley 160” detalló la comuna.
Explicó que para asegurar el trámite de exención del IBI se requiere presentar como requisitos de nuevo jubilado los siguientes documentos:
- Cédula de identidad del propietario (a) del inmueble, vigente (original y copia).
- Título de propiedad del bien inmueble o certificado relacionado de la propiedad (original y copia).
- Constancia actualizada de jubilado emitida por el INSS (original y copia).
- Carnet de jubilado o beneficiario (a). (Original y copia).
- Poder del representante que le faculte para dicho trámite (original y copia) cuanto se hace representar.
- Cédula de identidad vigente del representante legal (original y copia), en caso que se haga representar.
- Pensionados del Ejército, presentar constancia del IPSM, en sustitución
de constancia del INSS vigente (original). - Pensionados de la Policía Nacional, presentar constancia del ISSDHU, en sustitución de constancia del INSS vigente (original).
- Formato de declaración del IBI debidamente llenado.
Requisitos para jubilados que ya gozan del beneficio:
- Cédula de identidad original vigente
Para mayor información pueden comunicarse a los números telefonicos: 86613672 / 86613626 / 86613703
