Acusan en juzgados de Chontales a joven que publicó fotos íntimas de su novia en Facebook

Por los delitos de revelación indebida de datos o información de carácter personal, establecidos en el Artículo 26 de la Ley de Ciberdelitos, está siendo acusado en los Juzgados de Juigalpa, departamento de Chontales, un joven identificado sólo con los apellidos de Flores Bravo.

En la acusación del Ministerio Público, se destaca que el joven publicó del 30 de diciembre del año pasado al 3 de enero del 2025 a través de la red social Facebook, fotos íntimas de su ex novia.

Tras las pruebas presentadas, durante la audiencia inicial, el juez a cargo, le dictó prisión preventiva.

El noviazgo de los jóvenes duró apenas seis meses, de junio a diciembre del año pasado, siendo la muchacha la que puso fin a la relación, lo que al parecer molestó a Flores Bravo, ya que no quería que fueran sólo amigos.

El joven despechado amenazó a su ex novia, de que sí no regresaban, publicaría en Facebook las fotos íntimas que le había enviado; al ver que la muchacha no le tomó importancia, empezó a propagar por esa red social las imágenes con comentarios degradantes.

De acuerdo a la Ley de Ciberdelitos, el joven podría ser condenado a una pena de tres a ocho años de prisión, más días multa.

El mencionado Artículo 26 sobre la revelación indebida de datos o información de carácter personal establece que

“El que sin el consentimiento del titular de la información de carácter privado y personal, revele, difunda o ceda en todo o en parte, dicha información o datos, sean éstos en imágenes, vídeo, texto, audio u otros, obtenidos por medio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, se le impondrá pena de tres a seis años de prisión y doscientos a quinientos días multa. Si alguna de las conductas descritas en el párrafo anterior, se hubiese realizado con ánimo de lucro, facilitare la comisión de otro delito o se difunda material sexual explícito en perjuicio de un tercero, se le impondrá pena de cuatro a ocho años de prisión y doscientos a quinientos días multa. Se impondrá el límite máximo de la pena del párrafo anterior, aumentado hasta en una tercera parte, si alguna de las conductas descritas en el presente artículo, recae sobre datos personales sensibles”.