El Parlamento aprobó este jueves la iniciativa de Ley que regula la Cooperación brindada por los Organismos, Agencias de Cooperación Misiones Diplomáticas acreditadas en Nicaragua, norma, que enfatiza que la cooperación que se brinde deberá estar conforme a las prioridades nacionales y alineadas a los planes, programas y estrategias nacionales establecidas por el Gobierno nicaragüense.
La Diputada Iris Montenegro, expuso al leer el dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores, que en aras de fortalecer la cooperación internacional dirigida al bienestar de las familias y comunidades nicaragüenses, se “considera oportuno contar con normas legales que aseguren el buen uso de la cooperación”.
Asimismo, que la cooperación que brindan al país esas entidades, debe realizarse sin condicionamientos políticos, económicos, sociales o culturales, con estricto respeto a la soberanía nacional, independencia y autodeterminación, sin injerencia en los asuntos internos y de acuerdo con la legislación nacional y los principios del derecho internacional.
En tanto, el Diputado José Figueroa, preciso que uno de los objetivos del gobierno de Nicaragua es fortalecer los lazos de amistad y de cooperación con todos aquellos países del mundo que quieran tener una relación con nuestro país, pero que la relación de cooperación respete nuestra autodeterminación, independencia y soberanía.
Asimismo, el parlamentario explicó para que no existan confusiones, que el Ministerio del Interior regula, hace control de las organizaciones sin fines de lucro e inscribe toda aquella organización de esta naturaleza que se establecen en Nicaragua, mientras la ley aprobada este jueves, se refiere a los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas y que en ese ámbito es a la Cancillería la que le corresponde administrar las atribuciones y las funciones de la nueva norma refrendada.

“La cooperación debe ser sin condicionamientos políticos, que responda a las prioridades económica, sociales, culturales de nuestro país es decir que la cooperación este alineado con las prioridades y con los intereses de Nicaragua. De eso se trata para que la cooperación sea fructífera y dé resultados concretos”; externó Figueroa.
Agregó que otro aspecto importante que se establece en esta ley, es que si se establece algún proyecto o algún programa, se debe acreditar al personal que va laborar como se hace cualquier país del mundo y que el proyecto a desarrollar con la institución estatal correspondiente, no se le puede cambiar su naturaleza una vez puesto en marcha.
El diputado, recordó que en el pasado, habían proyectos que se aprobaban para un fin educativo y lo luego lo convertían en otra cosa para desviar recursos para otros fines y eso es lo que evitará la nueva ley, sostuvo.
Además, en la iniciativa aprobada, “los organismos deberán solicitar anuencia para la designación de sus funcionarios o miembros. La cantidad de éstos deberá mantenerse dentro de los límites razonables a consideración del MINREX, teniendo en cuenta la actividad a realizar en el país”, e igualmente que todo proyecto o programa de cooperación, debe contar con la anuencia y autorización del Gobierno, tanto en su inicio como en su implementación.
También, indica que las acciones de cooperación de estos organismos deberán circunscribirse al ámbito de su naturaleza y misión para los cuales fueron acreditados, que los programas y proyectos deben cumplirse según lo acordado, bajo la coordinación de la Institución estatal competente y asegurar la transparencia en el uso de los recursos de la cooperación internacional.