Ocupantes de inmuebles decomisados por el Estado deberán acudir a la PGR

La Procuraduría General de la República de Nicaragua, como Representante Legal del Estado, se refiere a las propiedades decomisadas, con base a Resoluciones Judiciales emitidas por jueces de Distrito Penal, que fueron dadas a conocer por el Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción de Managua, el 15 de febrero del presente año, al amparo de la Ley Nro 1055, Ley 1145 y Código Penal de la República de Nicaragua y hace saber:

A las personas (naturales o jurídicas) que se encuentren en uso Y goce de dichos bienes (mediante diferentes figuras jurídicas, como: arriendo, usufructo u otras similares); que de conformidad al artículo 167 de nuestra Constitución Política y artículo 12 de la Ley 260, Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua: “Las resoluciones judiciales son de ineludible cumplimiento para las autoridades del Estado, las organizaciones y las personas naturales o jurídicas”. POR LO TANTO:

UNICO:

Los terceros que se encuentren ocupando dichos inmuebles decomisados, deberán acudir a las oficinas de esta Procuraduría General de la República, para formalizar con el Estado de Nicaragua, su estatus ocupacional.

Managua, 1° de marzo de 2023

Secretaria Ejecutiva Procuraduría General de la República