Parlamento de Nicaragua ratifica reforma constitucional sobre probidad y rendición de cuentas para funcionarios públicos

Parlamento de Nicaragua ratifica reforma constitucional sobre probidad y rendición de cuentas para funcionarios públicos.

Este jueves, el plenario del Parlamento de Nicaragua, aprobó en segunda legislación la reforma parcial de la Constitución Finalmente, en su Artículo 118, el que establece que los funcionarios públicos elegidos directa o indirectamente y los nombrados por la Copresidencia, deberán cumplir, preservar y defender los principios fundamentales de la Carta Magna, la correcta administración, conservación y rendición de cuentas de los fondos y bienes del Estado.

El diputado Wálmaro Gutiérrez, expuso que está reforma no puede pasar de noche, pues se refiere cuando los funcionarios deben cumplir, proteger y hacer cumplir estos principios fundamentales y que existe un elemento que le envía un poderosos mensaje al pueblo nicaragüense, que los funcionarios deben de cumplir,  en preservar y defender la correcta administración, conservación y rendición de cuentas de los fondos y bienes del Estado.

“Estamos dejando claro de que los bienes del pueblo son bienes sagrados y que desde el concejal del más recóndito municipio de nuestro país hasta los Copresidentes de la República, todas y todos estamos obligados, mandatados por la Constitución Política a cuidar, a preservar el erario nacional. Aquí hay un poderosísimo mensaje de combate frontal, decidido, contra la corrupción a todos los niveles”, subrayó el parlamentario.

Añadió, que otro factor importante en la reforma, es que el incumplimiento de esto es causal inmediata y suficiente para su remoción, esto sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales establecidas en las leyes de la materia.

“Si a un funcionario público se le pasa por la cabeza meter la mano de forma indebida en el erario nacional, no solo se va a ir con un regaño, no solo se va a ir con una amonestación, es que además de cualquier medida administrativa que pueda recaer sobre este funcionario, debe de pensarla dos y tres veces, porque aparte de la sanción administrativa se cierne, sobre él la posibilidad de una responsabilidad civil, o sea, el resarcimiento por el daño patrimonial causado al pueblo nicaragüense”, acotó Gutiérrez.

Explicó, que al hablar de resarcir el daño, no es solo devolver lo robado, sino que también van a pagar daños y perjuicios ocasionados por tu mal proceder.

“Eso está haciendo el Estado nicaragüense, dando ese poderosísimo mensaje en esta reforma… expresa cero tolerancia a la corrupción en cualquiera de sus manifestaciones”, reiteró Wálmaro.

Por otra parte, la Asamblea Nacional también aprobó en segunda legislatura, una reforma al el inciso 10 del Artículo 125 de la Constitución Política, en cual establece que corresponderá a la Copresidencia de la República de Nicaragua, nombrar a dos Jefes de las Fuerzas Policiales de la República de Nicaragua de entre los miembros de la jefatura Nacional.

Asimismo a los Subdirectores y Subdirectoras Generales y al Inspector o Inspectora General. Otorgar los grados de Primer Comisionado o Primera Comisionada y Comisionados Comisionadas Generales y nombrar a la o el Comisionado General del Ministerio del Interior.