Parlamento fortalece el CEF para salvaguardar integridad del sistema financiero y de la economía nicaragüense

Parlamento fortalece CEF

Con el propósito de fortalecer el papel del Comité de Estabilidad Financiera (CEF) y el poder contar con un marco jurídico e institucional más sólido, con una regulación y supervisión financiera a entidades financieras reguladas y no reguladas para que salvaguarde la integridad del sistema financiero y la economía nacional, la Asamblea Nacional aprobó este miércoles la Ley del Comité de Estabilidad Financiera.

En la norma aprobada se establece que el CEF, es un Órgano de coordinación interinstitucional encargado de vigilar y recomendar acciones para resguardar la estabilidad financiera del país.

Se aclara en la iniciativa aprobada, que dicho órgano fue creado por la Ley No. 979 Ley de creación de los Bonos para el Fortalecimiento de la Solidez Financiera y del Comité de Estabilidad Financiera, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 160, del veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho. Para los efectos legales debe entenderse que el Comité ha existido y funcionado, sin solución de continuidad, desde la entrada en vigencia de la referida Ley No. 979.

El Artículo 4 establece las funciones del Comité, sin perjuicio de las atribuciones que le son propias a cada una de las instituciones que lo integran.

El Comité tendrá las siguientes funciones:

1. Identificar los riesgos para la estabilidad financiera, incluyendo aquellos que pudieran derivarse de dificultades o fallos de instituciones financieras o los que pudieran provenir fuera del sistema financiero.

2. Elaborar recomendaciones a los entes reguladores, relacionadas con el marco regulatorio, política, normas y funcionamiento del sistema financiero para mejorarlo, con objeto de resguardar la estabilidad financiera.

3. Requerir a los entes reguladores una supervisión especial de instituciones financieras, grupos financieros, sistemas de pagos e infraestructuras del mercado financiero, que puedan representar riesgos para la estabilidad financiera y

4. Facilitar la cooperación en la supervisión, vigilancia e intercambio de información entre los entes reguladores.

Entre los principales elementos de esta iniciativa de ley se encuentran:

• Integración al CBF de nuevas instituciones, quedando de la siguiente manera: el Banco Central de Nicaragua (BCN), el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF), la Unidad de Análisis Financiero (DAF), el Fondo de Garantía de Depósitos (FOGADE), la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI) y el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC).

• Especializa las funciones del CEF dirigidas a: identificar los riesgos dentro y fuera del sistema financiero, a fin de preservar la estabilidad financiera, elaborar recomendaciones a los entes reguladores, relacionadas con el marco regulatorio funcionamiento del sistema financiero; requerir a los entes reguladores una mayor supervisión de sus regulados que representen riesgos para la estabilidad financiera y facilitar la cooperación en la supervisión, vigilancia e intercambio de información.

• Facilita que el CEF solicite a los entes reguladores la implementación de una supervisión especial y/o reformas de normas prudenciales, para su debida adopción.

• Fortalece la cooperación e intercambio de información entre las instituciones miembros del CEF.

• Crea una instancia de apoyo del CEF, denominada la Comisión Técnica, la cual será la responsable de elaborar los análisis, estudios, informes y/o propuestas que les instruya el CEF.

Integran el Comité:

El Comité estará integrado por los siguientes miembros, con derecho a voto:

1. El Presidente del Banco Central de Nicaragua (BCN), quien lo preside;

2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP);

3. El Superintendente de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones (SIBOIF); Financieras

4. El Director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF);

5. El Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Garantía de Depósitos Financieras (FOGADE); de las Instituciones

6. El Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI); y

7. El Ministro de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC).

    Puede descargar la iniciativa completa: