La Asamblea Nacional envió este miércoles a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, para su dictamen, la iniciativa de Ley de Creación de Zonas Económicas Especiales de la Franja y la Ruta, enviada por el Gobierno de Nicaragua. Ese tipo de zonas, señaló el Ejecutivo, representan un modelo de atracción y facilitación de inversiones que ha sido de alto impacto en la dinamización del comercio global y en el desarrollo de los pueblos, sin detrimento de la soberanía nacional.
En la justificación del proyecto, expuesto este miércoles en el plenario, se indicó que la norma tendrá como objeto regular la creación, organización, funcionamiento, administración y desarrollo de las Zonas Económicas Especiales de la Franja y la Ruta (ZEE), en función del desarrollo económico y de producción nacional que garantice el encadenamiento productivo, la generación de empleos, la promoción del comercio internacional, el desarrollo regional, la seguridad jurídica, la justicia social y los medios ambientalmente sustentables.
Asimismo, señala que se crea como un régimen especial de incentivos fiscales, aduaneros, portuarios, fronterizos, administrativos y de otra índole que resulten aplicables, en función del desarrollo económico del país y que la administración de ellas estará a cargo de la Comisión Nacional de Zonas Francas, la cual quedará facultada para otorgar la autorización, emisión de permisos y seguimiento a las operaciones de las empresas bajo el Régimen de ZEE.
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“Esta ley es aplicable a las personas jurídicas, públicas, privadas, mixtas, nacionales o extranjeras que operen en las Zonas Económicas Especiales de la Franja y la Ruta en los sectores como industria manufacturera, agroindustria, tecnología, servicios de valor agregado que facilitan el comercio internacional, y otros que sean de interés nacional; así como a los órganos y entes del Estado, vinculados directa e indirectamente con su desarrollo”, detalla la iniciativa.
La definición de Zonas Económicas Especiales de la Franja y la Ruta, que en lo sucesivo de esta ley por brevedad se designará ZEE, es todo espacio delimitado del territorio nacional en el que se establecen inversiones en actividades de procesamiento, transformación y generación de valor agregado para la exportación de bienes y servicios, que permita la diversificación productiva, la generación de empleo formal, la transferencia tecnológica e impulsar la competitividad nacional.
Entre los beneficios fiscales y aduaneros a las empresas que operen en ZEE, están; Exención del 100% del pago de Impuesto sobre la Renta de actividades económicas durante 10 años, renovables cada 10 años de forma indefinida, siempre que cumplan con las normas establecidas en la legislación nacional.
La exención del 100% del pago de impuesto sobre los dividendos obtenidos de la actividad económica durante 10 años, renovables cada 10 años de forma indefinida. Exención de impuestos y tasas a extranjeros no residentes en concepto de: intereses sobre préstamos, comisiones, honorarios y pagos por servicios legales en el exterior en Nicaragua, promoción, mercadeo, asesoría y afines.
También, la exención de todos los impuestos, por derechos de aduana y de consumo, asociados con las importaciones de bienes y servicios destinados a su operación; así como, los impuestos aplicables a los equipos necesarios para la instalación y operación de cualquier bien o servicio que tiendan a satisfacer las necesidades del personal de las empresas que operen en las ZEE, entre otros, comedores, servicios de salud, asistencia médica, guarderías y áreas de esparcimiento.
Se agrega, la exención de Impuesto al Valor Agregado a compras e importaciones de bienes locales y servicios destinados a su operación, exención total de impuestos indirectos, de venta o selectivos de consumo, exención total de impuesto a la trasmisión de bienes muebles e inmuebles y exención total de impuestos municipales.