Titulares de ENACAL y TELCOR tendrán rango de ministros

A rango de ministros serán elevados los titulares de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillos (ENACAL) y del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR), así se consigna en las dos iniciativas de ley que fueron presentada este viernes ante la Asamblea Nacional.

Los dos proyectos; Ley de Reforma a la Ley No. 276, Ley de Creación de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillos y la Ley de Reforma  al Decreto – Ley No. 1053, Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos, fueron enviados por el presidente de Nicaragua Daniel Ortega. Ambos serán dictaminados en la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos.

En el caso de ENACAL, el gobierno justifica la decisión de nombrar Ministro al Presidente o Presidenta de la Junta Directiva de ENACAL (que a su vez será el Presidente Ejecutivo o Presidenta Ejecutiva de la Empresa), a fin de “fortalecer a la Institución, para que ésta contribuya a una gestión óptima en toda su estructura”, y que para ello “se hace necesario reformar sus órganos de dirección para que éstos se ajusten a las demandas y al servicio de la población, organizándola según las técnicas modernas de gestión”.

Respecto a TELCOR, el  ejecutivo razona, que a la Directora o Director General  del ente, se otorgará el rango  de Ministro “en aras de fortalecer a la Institución para que ésta contribuya a una gestión óptima en toda su estructura, por lo que “se hace necesario reformar sus órganos de dirección para que éstos se ajusten a las demandas y al servicio de la población, organizándola según las técnicas modernas de gestión”.

Una vez aprobada la Reforma, el Artículo 5 del Decreto Ley No. 1053, Ley Orgánica de TELCOR, se leerá así: “La representación, Dirección y Administración de TELCOR, estará a cargo de una Directora o Director General, con rango de Ministro, quien será el o la funcionaria ejecutiva superior de la Institución, y como tal tendrá la representación legal y la responsabilidad de dirigir, coordinar, controlar y vigilar la actividad de la Institución de conformidad con la Ley y sus Reglamentos.”

Ante el plenario del parlamento, también fue presentado el Decreto de Aprobación de la Modificación a Contratos de Préstamos al Sector Público con Garantía Soberana de la República de Nicaragua por Transición a Esquema Referenciando  Índice SOFR, suscrita el 18 y 23 de mayo de 2023 entre el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

En el proyecto, se expone que es necesario su aprobación “en cumplimiento a las estipulaciones, disposiciones internas y políticas vigentes que el BCIE modificó, agregó y eliminó a las siguientes secciones de los contratos de préstamo que son afectados principalmente por la transición a esquema de la Tasa LIBOR al Índice SOFR, siendo: (a) Sección de Definiciones; (b) Sección de Intereses; (c) Sección de Penalización por Pagos Anticipados ante Transición a Esquema SOFR; (d) Anexo de Formato de Pagaré y (e) Anexo de Disposición Supletoria”. Los Contratos de Préstamos modificados suman 44, de los cuales 8 han sido modificados a través de Adendum el: 2012, 2022, 2050, 2072, 2073, 2154, 2222 y el 2278.