El Tribunal Supremo de España ha confirmado en una sentencia que un beso sin consentimiento constituye un delito de “agresión sexual en la actualidad y abuso sexual al momento de los hechos”.
El juzgado niega que existe el derecho de cualquier persona a acercarse a otra y darle un beso “cuando la víctima no lo admite como prueba de cariño o afecto o por sus circunstancias personales, familiares o del tipo que sean” y sostiene que se trata de “un ataque personal a su intimidad y libertad sexual”.
⚖️ El Tribunal Supremo confirma la condena por delito contra la libertad sexual a un agente policial por dar un beso a una detenida sin su consentimiento
— Poder Judicial (@PoderJudicialEs) June 25, 2024
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Así, el Tribunal ahonda en que “no es preciso un ‘no’ de la víctima” , sino que para que no exista delito “lo que hace falta es el consentimiento”, puesto que si no lo hay, el Supremo considera que “ha habido agresión sexual”.
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“Situación de especial vulnerabilidad”
La nueva sentencia ratifica la condena a un año y nueve meses de prisión a un agente de Policía por besar en la cara e intentar besar en los labios a una detenida mientras estaba ejerciendo su custodia en la zona de los calabozos.
El ponente relata que el condenado intentó previamente ganarse la confianza de la denunciante y buscar cierta intimidad y que llegó a preguntarle por mensaje escrito si podía abrazarla, a lo que la víctima se negó. A pesar de ello, llegó a besarla en una ocasión y a intentarlo en otra.
Para el tribunal, el agente se aprovechó de su situación de vigilante y la condición de detenida de la víctima, “lo que en estos casos les hace sentirse más víctimas”. “En el caso concreto un agente policial en modo alguno puede acercarse a una detenida y darle un beso aprovechando su situación y la especial vulnerabilidad en la que se encuentra”, concluye.
Tomado de RT