El Parlamento de Nicaragua aprobó este martes un tratado de extradición con la Federación de Rusia enviado por la Presidencia de la República y suscrito por los dos países, el 5 de junio de 2026.
La extradición, será efectiva previa solicitud entre Rusia y Nicaragua, a cualquier persona que se encuentre dentro del territorio de una de las partes, para procesamiento penal o ejecución de pena por la comisión de un delito extraditable. Se aplicará solo a las solicitudes presentadas con posterioridad a la entrada en vigor, sin menoscabo que los hechos que motivan el procedimiento hayan sido cometidos con anterioridad.
“Lo que significa que solo aquellos que no están interesados en combatir delitos y a delincuentes que se dedican a delinquir por narcotráfico, crimen organizado, blanqueo de capitales, financiamiento al terrorismo, financiamiento a la proliferación de armas de exterminio masivo, solo aquellos que no están en contra de esos delitos podrían estar en contra de un tratado de esta naturaleza. Es lo primero que debemos de dejar claro, porque para eso sirve esta herramienta”, expuso en el plenario el diputado Wálmaro Gutiérrez.
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El Gobierno señaló en la iniciativa enviada a la Asamblea Nacional, que este acuerdo fortalece los lazos de amistad y solidaridad entre las dos naciones y que constituye una muestra a la comunidad internacional sobre la decisión de lucha contra la impunidad, al crear una herramienta clave para combatir la corrupción, garantizar el acceso a la justicia, promover la sanción transnacional y fortalecer la cooperación bilateral entre Estados.
“Nosotros no queremos que Nicaragua sea un refugio de criminales que se dedican al narcotráfico, al blanqueo de capitales. Nicaragua tiene cero tolerancia con esos delitos y eso lo deja claro este instrumento y creo que cualquiera, sin ninguna formación jurídica, puede entender eso. Desde el siglo pasado Nicaragua ha firmado con diferentes países del mundo tratados de extradición. Y este tratado de extradición no difiere en absolutamente nada con ningún otro tratado de extradición que Nicaragua haya firmado con cualquier otro país del mundo”, sostuvo el diputado.
Asimismo, se aprobó que la extradición se negará si la persona reclamada es nacional de la parte requerida, si el hecho por el cual se solicita la extradición no es un delito extraditable, si se tienen motivos suficientes para suponer que se pretende procesar a una persona por razones de raza, sexo, religión, nacionalidad, origen étnico o creencias políticas.
Además, si la persona requerida, ya fue juzgada por ese mismo hecho, si la acción ya ha prescrito y si el delito es sancionado con la pena de muerte o si la extradición afecta la seguridad, soberanía, el orden público o cualquier interés esencial de la parte requerida.



